Si tiene ganancias patrimoniales…
Analice si antes de fin de año puede realizar alguna operación que le permita reducir su tributación.
Si ha vendido algún bien durante 2024 y ha obtenido una ganancia patrimonial, es posible que antes de final de año pueda realizar alguna venta con pérdidas y reducir su tributación por IRPF: dichas pérdidas se compensarán con la ganancia y se ahorrará entre el 19 y el 28% de la cantidad que pueda compensar.
Por ejemplo, si tiene acciones que cotizan en bolsa y su cotización actual está por debajo de lo que desembolsó por ellas, la venta le reportará una pérdida. Y dicha pérdida tiene el siguiente tratamiento fiscal:
- En primer lugar, podrá compensarse con las ganancias obtenidas durante el ejercicio.
- Si después de la compensación todavía queda saldo negativo (porque las pérdidas derivadas de la venta de las acciones son superiores a las ganancias por venta de otros bienes), podrá compensar ese saldo negativo con determinadas rentas positivas del ahorro hasta el límite del 25% de dichas rentas positivas.
- Y si después de esta compensación todavía queda saldo, podrá compensar ese saldo negativo en los cuatro años siguientes, por el mismo orden.
Eso sí: para que estas pérdidas sean compensables en los términos indicados, no podrá comprar acciones de la misma compañía en el plazo de los dos meses anteriores o posteriores a la transmisión. Hacienda establece esta cautela para que no se realicen ventas artificiales con la única finalidad de compensar las pérdidas.
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