ICONOS FINALES-TRAZADOS

Si tiene acciones que cotizan…

En algunos casos puede interesarle venderlas antes de final de año.

Si tiene acciones que cotizan…

Video elaborado con Inteligencia Artificial – NotebookLM 

 

Cotización por debajo

Si durante el año en curso ha transmitido algún bien y ello le ha supuesto una ganancia patrimonial por la que deberá tributar en su IRPF, venda acciones que coticen por debajo de su valor de adquisición:

  • La venta le generará una pérdida patrimonial que podrá compensar con la ganancia obtenida por la venta de otros bienes, de forma que podrá obtener importantes ahorros en su IRPF.
  • Eso sí: no podrá recomprar acciones de esa misma empresa entre los dos meses anteriores y los dos meses posteriores a la transmisión.

Cotización por encima

Si usted tiene pérdidas pendientes de compensar de años anteriores, dispone de cuatro años para compensarlas. Pues bien, si en 2025 va a finalizar dicho plazo y tiene acciones que se han revalorizado, véndalas antes del 31 de diciembre:

  • Con esta venta generará una ganancia que podrá compensar las pérdidas (evitando así que transcurra el plazo de compensación y usted pierda el derecho a hacerlo).
  • Podrá recomprar las acciones al día siguiente: en caso de venta con ganancias no se aplica la regla de los dos meses.
  • Esta operación no le hará pagar menos en el IRPF de 2025. Sin embargo, le permitirá ahorrar dinero en el futuro: la recompra de las acciones supondrá que éstas tengan un valor de adquisición más alto, de forma que, si más adelante las vende, la ganancia en el IRPF será menor.

 

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